El El derecho de los abuelos a visitar a sus nietos Los menores no pueden prevalecer sobre el interés de los menores si manifiestan su oposición a mantener una relación con sus abuelos. Así lo decidió un tribunal italiano al estimar el recurso de los padres de dos niños que tenían una mala relación con sus abuelos paternos y su tío, después de haber acudido a la justicia para ver a los niños. Así, advierte el Tribunal Supremo, no puede haber “imposición de una relación no deseada”, sobre todo si se trata de niños exigentes o ya tienen más de 12 años.
conflicto irresoluble
En la opinion de Corte Suprema, «La tarea del juez no es determinar qué pariente debe prevalecer sobre el otro en caso de conflicto, sino determinar, y siempre buscar en el interés del menor, si y cómo las relaciones inarmónicas -o incluso conflictivas- -entre adultos que forman parte de una misma familia puede resolverse». En el caso concreto valorado por el Tribunal Supremo, los propios servicios sociales comprobaron que era «imposible ofrecer mediación porque el conflicto era insoluble».
En primer lugar, archivo Tribunal de Milán Había ordenado que se hicieran reuniones del menor con sus abuelos y tío, en presencia del educador. Además, decidió que la relación entre ellos podía continuar «libremente» porque la abuela «se ha demostrado que está siendo tratada por un psiquiatra» porque era muy agresiva con los padres de los niños. Según este tribunal, «había que concienciar a los padres del daño psicológico al que están expuestos sus hijos, obligándolos a vivir privados de sus emociones». [de sus abuelos] Puede enriquecerlos en un clima inducido de miedo y resentimiento”.
Esto significa que el tribunal llamó a todos los adultos a seguir el “curso de terapia familiar ampliada” e instruyó a los servicios sociales para que “supervisen la situación de los dos niños y organicen sus reuniones con sus abuelos y tío”. Como consideraban que «no había ningún prejuicio real para que los niños pasaran tiempo con sus abuelos y tíos», reconoció el derecho de la familia paterna a mantener una relación con los dos niños.
La relación debe ser espontánea.
Pero la Corte Suprema No compartas este punto de vista. En su fallo, aseveró que «no hay ningún daño real en pasar tiempo con los abuelos y el tío» no es suficiente. Según este tribunal, es necesario comprobar si los familiares pueden «tomar parte activa en la vida de los nietos construyendo una relación afectiva que favorezca el desarrollo sano y equilibrado de su personalidad».
En ningún caso puedes recurrir a “coaccionar” a tus nietos, pero sí puedes intentar utilizar el “arsenal” de “soft tools” para ajustar relaciones que sean capaces de crear espontaneidad en la relación con los menores en lugar de imponer relaciones no deseadas. Por último, tampoco están de acuerdo con la «participación de la abuela paterna en el proyecto educativo y formativo de sus nietos a pesar de su falta de voluntad para someterse a las indicaciones clínicas» propuestas por la Audiencia Nacional y concediéndole «mantener una admisión de actitud agresiva hacia los padres de los menores”.